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Ni Una Menos: A 7 años de un grito de dolor

El país se prepara nuevamente para ver colmadas sus calles con el reclamo de miles de mujeres, niñxs, adolescentes y colectivas LGBTTIQ+. En la nota algunos datos del informe 2021 del Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina.

03 de junio de 2022, 12:36. Por: IDEGEM.

imagen Ni Una Menos: A 7 años de un grito de dolor

El 3 de junio de 2015 se encendió una chispa, venía atada a la muerte de una adolescente de 14 años, embaraza y asesinada a golpes por su novio. Chiara Páez fue la gota que rebalsó el vaso de la bronca ante la violencia machista, que seguía ensañándose con los cuerpos de las mujeres, niñas y adolescentes como Chiara. Tras una convocatoria a través de redes sociales, las plazas del país se llenaron con el reclamo y nació uno de los movimientos colectivos más potentes del país: el Ni Una Menos.

A 7 años de aquel evento, hoy tenemos un registro oficial que al menos da certeza de la problemática de los femicidios y sirve de plataforma para plantear acciones que tiendan a erradicar la violencia hacia las mujeres. El Registro de Femicidios de la Justicia Argentina (RNFJA) está compuesto por el informe anual de las causas judiciales iniciadas por año donde se investiga un femicidio, los informes del Observatorio de seguimiento de las causas y sentencias de femicidio de dicho año, y las bases de datos abiertos del año correspondiente, según consta en el sitio de la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, encargada de realizarlo.

En vísperas de este nuevo 3 de junio se dio a conocer el Informe 2021 que da cuenta de los hechos sucedidos entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año pasado. En el resumen del informe, se puede observar una sensible baja de los femicidios respecto a los dos últimos años (marcados por la pandemia y la cuarentena). En total se cuentan 251 femicidios, de los cuales 231 son víctimas directas que incluyen 226 mujeres cis y 5 mujeres trans/travestis; y 20 víctimas de femicidios vinculados*. La tasa anual se traduce entonces con 1 femicidio cada 35 horas.

Por otro lado, seguimos viendo que una gran cantidad de víctimas tenían denuncias realizadas ante la justicia y al menos la mitad contaba con alguna medida de protección vigente al momento del hecho, quizás uno de los datos que debería llamar la atención acerca del funcionamiento de estas medidas. También se observa que al menos en el 88% de los casos la víctima directa de femicidio tenía vínculo previo con el agresor: en el 62% eran pareja o ex pareja y el 11% eran familiares.

El informe incluye además datos sobre la cantidad de niñes y adolescentes que se encontraban a cargo de las víctimas. Al menos 182 es el triste número y que serían potenciales beneficiarias de la Ley 27.452, conocida como Ley Brisa, sobre  Régimen de Reparación Económica destinado a niñas, niños y adolescentes hijos/as o hijos/as afines de víctimas letales de violencia de género o intrafamiliar.

Finalmente se puede acceder a los datos segregados por provincia, donde Mendoza aparece con 9 víctimas de femicidio, 2 varones cis como femicidios vinculados y 7 hijes a cargo de las mujeres asesinadas. El contexto de estas muertes se dio en diversas circunstancias, 5 bajo alguna figura de violencia comprendida en la Ley 26.485 de Prevención y Erradicación de la violencia hacia las mujeres; 1 como parte de Redes de trata de personas con fines de explotación sexual; y 3 por violencia sexual.

Hoy en nuestra provincia también se marcha, no sólo por los femicidios incluidos en el informe, si no también por las desaparecidas y las causas de la violencia machista. Por Abigail Carniel, Gisela Gutiérrez, Viviana Luna y Melody Barrera. El colectivo Ni Una Menos Mendoza convoca para la hora 18, en el Kilometro 0 (San Martín y Garibaldi) como hace 7 años para gritar que vivas, libres y desendeudas nos queremos.

*Femicidio vinculado: homicidios cometidos contra una o varias personas (niñas, niños, adolescentes, mujeres, varones, trans, travesti), a fin de causarle sufrimiento a una mujer, mujer trans o travesti. Para ello, debe existir una desigualdad de género entre la persona sindicada como autor del hecho y la mujer, mujer trans o travesti a quien se pretende afectar.

 

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